Reglamento del Golf

APENDICE III: La Bola

1. Peso
El peso de la bola no debe ser mayor de 45,93 gramos (1,620 onzas).

2. Tamaño
El diámetro de la bola no debe ser menor de 42,67 mm (1,680 pulgadas). Esta especificación se cumplirá si bajo su propio peso una bola cae a través de un anillo de 42,67 mm (1,680 pulgadas) de diámetro interior en menos de 25 de 100 posiciones elegidas al azar, llevándose a cabo la prueba a una temperatura de 23 + /- 1ºC.

3. Simetría Esférica
La bola no debe ser diseñada, fabricada o intencionadamente modificada para tener propiedades que difieran de las de una bola de simetría esférica.

4. Velocidad Inicial
La velocidad inicial de la bola no debe exceder del límite especificado (prueba archivada), al medirse en aparatos aprobados por el R & A.

5. Norma para Distancia Total
La combinación de vuelo y rodada de la bola al probarse en aparatos aprobados por el R & A, no debe exceder de la distancia especificada bajo las condiciones establecidas por la Norma de Distancia Total para bolas de golf existente en los archivos del R & A.

HANDICAPS

Las Reglas de Golf no legislan sobre la adjudicación y ajuste de handicaps. Estas cuestiones están bajo la jurisdicción y control de la Real Federación Española de Golf y las consultas deben dirigirse a la misma.

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